CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD O A PLAZO FIJO

1. ¿Qué se entiende por Contratos sujetos a Modalidad o a Plazo Fijo?
Se entiende que son aquellos contratos que se dan por un determinado tiempo y que se celebran en razón de las necesidades del mercado.
2. ¿Qué clases de Contratos de Trabajo Sujetos a Modalidad existen?
Existen tres clases de contratos de trabajos sujetos a modalidad:
- Contratos de Naturaleza Temporal;
- Contratos de Naturaleza Accidental;
- Contratos para Obra o Servicio.
3. ¿En qué casos se utilizan los contratos por Inicio o Lanzamiento de una nueva actividad?
En los siguientes casos:
· Estos contratos se dan por inicio o incremento de actividades productivas de la empresa.
· Así como el inicio de nuevas actividades o el incremento de las ya existentes dentro de la misma empresa.
· Su duración máxima es de tres años.
4. ¿En qué casos se utilizan los Contratos por Necesidades de mercado?
· Cuando se busca atender los incrementos coyunturales de la producción , originados por variaciones sustanciales de
la demanda en el mercado .
· En algunas actividades productivas de carácter estacional.
5. ¿En qué caso se utiliza el Contrato por Reconversión Empresarial?
· En un caso de sustitución, modificación y ampliación de las actividades desarrolladas en las empresas y variación de carácter tecnológico en las maquinarias.
· Su duración máxima es de dos años.
6. ¿Qué contratos tienen Naturaleza Accidental?
· Contrato Ocasional.
· Contrato de Suplencia.
· Contrato de Emergencia
7. ¿En qué caso se utiliza el Contrato Ocasional?
·Se utiliza para atender necesidades transitorias de la empresa, diferentes de la actividad habitual del centro de trabajo. Su duración máxima es de seis meses al año.
8. ¿En qué caso se utiliza el Contrato de Suplencia?
·Se utiliza para sustituir temporalmente a un trabajador estable de la empresa, cuyo vínculo laboral se encuentra suspendido por alguna causa prevista en la legislación laboral.
· Ejemplo: cuando la empresa le otorga al trabajador estable una beca de estudios en el exterior.
9. ¿Cuál es el plazo máximo de duración del Contrato de Suplencia?
·Su duración será la que resulte necesaria, en todo caso, el contrato de suplencia deberá contener la fecha de su extinción.
10. ¿En qué caso se utiliza el Contrato de Emergencia?
·Se utiliza para cubrir las necesidades derivadas de un caso fortuito o fuerza mayor (UNA EMERGENCIA), coincidiendo su duración con la de la emergencia.
11. ¿Qué contratos son considerados como Contratos para Obra o Servicio?
·Contrato para Obra Determinada o Servicio Específico.
·Contrato Intermitente.
·Contrato de Temporada
12. ¿Qué son los Contratos para Obra Determinada o Servicio Específico?
·Son aquellos que tienen un objeto previamente establecido (son contratos objetivos hacia un servicio o obra), y una duración determinada. Su duración será la que resulte necesaria.
·Para cubrir las necesidades de las actividades de la empresa que por su naturaleza son permanentes pero discontinuas.
· Puede efectuarse con el mismo trabajador, quien tendrá derecho preferencial en la contratación, pudiendo consignarse en el contrato primigenio tal derecho, el que operará en forma automática, sin necesidad de requerirse de nueva celebración de contrato o renovación.
14. ¿En qué casos se utiliza el Contrato de Temporada?
· Para atender necesidades propias del giro de la empresa o establecimiento, que se cumplen sólo en determinadas épocas del año y que están sujetas a repetirse en periodos equivalentes.
· Igualmente, se asimilarán al contrato de temporada las actividades feriales.
· Por ejemplo un contrato por navidad o por fiestas patrias.
15. ¿Cuáles son los requisitos de los contratos sujetos a modalidad?
Son los siguientes:
· Deben ser registrados ante la Autoridad Administrativa de Trabajo, presentando una solicitud dentro de los quince días naturales de celebrado el contrato, dirigida a la Sub Dirección de Registros Generales.
· Se deberá adjuntar por triplicado el contrato de trabajo, la hoja informativa con los datos generales del empleador y del trabajador y el comprobante de pago en el Banco de la Nación de la tasa correspondiente.
· En el contrato debe figurar en forma expresa su duración y las causas objetivas determinantes de la contratación, así como las condiciones de la relación laboral.
· Deben ser registrados ante la Autoridad Administrativa de Trabajo, presentando una solicitud dentro de los quince días naturales de celebrado el contrato, dirigida a la Sub Dirección de Registros Generales.
· Se deberá adjuntar por triplicado el contrato de trabajo, la hoja informativa con los datos generales del empleador y del trabajador y el comprobante de pago en el Banco de la Nación de la tasa correspondiente.
· En el contrato debe figurar en forma expresa su duración y las causas objetivas determinantes de la contratación, así como las condiciones de la relación laboral.
16. ¿Debe el empleador entregar al trabajador copia del contrato de trabajo?
Sí. El empleador deberá entregar al trabajador, copia del contrato de trabajo, dentro del término de 3 días hábiles, contados a partir de la fecha de su presentación a la Autoridad Administrativa de Trabajo.
17. ¿Pueden celebrarse contratos por periodos menores a los establecidos en las diversas modalidades?
Sí. El empleador deberá entregar al trabajador, copia del contrato de trabajo, dentro del término de 3 días hábiles, contados a partir de la fecha de su presentación a la Autoridad Administrativa de Trabajo.
Si, dentro de los plazos máximos establecidos en las modalidades señaladas, podrán celebrarse contratos por periodos menores con tal de que no excedan dichos límites.
18. ¿Qué derechos y beneficios tienen los trabajadores con contratos sujetos a modalidad?
Tienen derecho:
· A los beneficios que por ley, pacto o costumbre tuvieren los trabajadores vinculados a un contrato en un respectivo centro de trabajo.
· Los trabajadores tendrán derecho a la estabilidad laboral mientras dure el contrato, una vez superado el periodo de prueba.
19. ¿Qué consecuencias acarrea que un trabajador sea despedido antes del vencimiento de su contrato sujeto a modalidad?
· El trabajador debe pedir una indemnización equivalente a una remuneración y media ordinaria mensual por cada mes dejado de laborar hasta el vencimiento del contrato, con un límite de doce (12) remuneraciones.
20. ¿Se puede celebrar un contrato sujeto a modalidad a tiempo parcial?
Sí, en ese caso sería un contrato sujeto a modalidad con una jornada a tiempo parcial. Y como tiene un tiempo determinado el cual es parcial diríamos que si se puede celebrar.
18. ¿Qué derechos y beneficios tienen los trabajadores con contratos sujetos a modalidad?
Tienen derecho:
· A los beneficios que por ley, pacto o costumbre tuvieren los trabajadores vinculados a un contrato en un respectivo centro de trabajo.
· Los trabajadores tendrán derecho a la estabilidad laboral mientras dure el contrato, una vez superado el periodo de prueba.
19. ¿Qué consecuencias acarrea que un trabajador sea despedido antes del vencimiento de su contrato sujeto a modalidad?
· El trabajador debe pedir una indemnización equivalente a una remuneración y media ordinaria mensual por cada mes dejado de laborar hasta el vencimiento del contrato, con un límite de doce (12) remuneraciones.
20. ¿Se puede celebrar un contrato sujeto a modalidad a tiempo parcial?
Sí, en ese caso sería un contrato sujeto a modalidad con una jornada a tiempo parcial. Y como tiene un tiempo determinado el cual es parcial diríamos que si se puede celebrar.
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